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El aborto es un derecho frente a la violencia contra las mujeres. No al Proyecto de Ley 1904/2024

14 de Junio 2024
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Ante la aprobación de la urgencia para el Proyecto de Ley n. 1904/2024 el pasado miércoles (12/06) en Brasil, lo que acorta el proceso legislativo, el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM) reafirma que el crimen de violación sexual es una violencia de género que impacta la dignidad de niñas y mujeres en todo el mundo, y que la ocurrencia de embarazos en estos casos sin acceso al derecho al aborto amparado por ley desde 1940, equivale a una forma de tortura al obligar a la niña o mujer a continuar con un embarazo no deseado. Reforzamos esta premisa en el contexto en que el parlamento brasileño propone un cambio legislativo que aumenta la pena por aborto a 20 años, cuando se realiza después de las 22 semanas de gestación, pena equiparada al crimen de homicidio y menor que el crimen de violación (diez años), imponiendo una barrera para la realización del aborto en Brasil; y recordamos además que CLADEM ha estado discutiendo este tema desde 2016 en otros 15 países de la región de América Latina y el Caribe a través de la Campaña Embarazo y Maternidad Infantil Forzados (EIF/MIF) es Tortura.

El PL 1904/2024 criminaliza a las niñas y mujeres que llegan a los servicios de salud en busca de un aborto legal, seguro y gratuito después de la semana 22, en las tres situaciones legales - violación, riesgo para la vida de la mujer y anencefalia. El procedimiento indicado para estos casos, basado en evidencia científica, de acuerdo con las directrices de la Organización Mundial de la Salud, es la asistolia fetal. Antes de este debate legislativo, el Consejo Federal de Medicina (CFM) determinó la prohibición del procedimiento, creando una barrera normativa para los profesionales de la salud y servicios de atención a las víctimas de violencia. La normativa fue suspendida por decisión judicial del Tribunal Supremo Federal (STF), afirmando la incompetencia del Consejo para prohibiciones de esta naturaleza. Actualmente no hay límite de gestación para la realización de abortos legales en Brasil y el país cuenta con pocos centros de referencia, ubicados en grandes ciudades.

La búsqueda de servicios de salud después de la semana 22 es una realidad para muchas niñas menores de 14 años, víctimas de violación. Cuanto más jóvenes son, menor es su conocimiento sobre su propio cuerpo, lo que explica el descubrimiento del embarazo tardío, solo con la aparición de cambios en el cuerpo infantil. También retrasa la búsqueda de servicios de aborto legal el hecho de que estas niñas son amenazadas y temen denunciar la violencia sexual cometida por una persona cercana, miedo que convive incluso por las amenazas de los hombres violadores. El tiempo de gestación también debe ser comprendido por las dificultades de acceso a información adecuada y la existencia de servicios de salud en sus localidades, o la necesidad de esperar una decisión judicial cuando la niña se encuentra en un refugio porque fue sacada de su hogar después de la denuncia de violencia intrafamiliar. Son diversas situaciones, todas con responsabilidad del Estado, con sus fallas y ausencias en la política de protección integral y desarrollo pleno de la niña, en el derecho a la información en salud, en el acceso al aborto legal, que resultan en diversas formas de violencia institucional.

Solo en 2022 se registraron 74,930 violaciones en Brasil, incluidas las de personas vulnerables, siendo la mayoría de las víctimas mujeres negras (negras y mestizas), principalmente entre 11 y 14 años, el 59% del total. De estas, 6 de cada 10 víctimas son niñas y niños con edades comprendidas entre 0 y 13 años, cuyos abusadores son familiares y otros conocidos. En 2022, 14,293 bebés nacieron de niñas de 10 a 14 años, la mayoría en las regiones norte y nordeste. Son niñas víctimas de violencia sexual que tuvieron como respuesta la maternidad obligatoria. Consideramos que el embarazo forzado es un indicador de violencia, falta de autonomía, discriminación y apropiación del cuerpo de la niña por parte de hombres adultos. Las fallas estatales en el acceso al aborto significan medidas que imponen una gestación no deseada y la maternidad infantil.

Las investigaciones realizadas sobre la violencia contra menores de 15 años (CLADEM, 2016, 2020) indican que continuar con el embarazo conlleva riesgos de muerte materna, tasas más altas de fístula obstétrica, asociadas a una baja edad y condiciones de desarrollo físico. Continuar con el embarazo forzado impacta en la salud mental, resultando en depresión, ansiedad, estrés postraumático y suicidio. Estas niñas se encuentran en un contexto de violencia feminicida, que actúa como un continuo y acumulación de otras dimensiones de violencia. La aprobación del PL 1904/2024 explicita y amplía las dimensiones del fenómeno de esta violencia de género contra niñas y mujeres.

Uno de los argumentos de los promotores del PL 1904/2024 es que la norma penal data de 1940, en otro momento, en el que la interrupción tardía del embarazo era una realidad "impensable" para la época y por eso la práctica no fue clasificada como homicidio. Es cierto que las normas deben actualizarse, pero de acuerdo al tiempo presente, a los compromisos jurídicos asumidos por el Estado en la actualidad. En 1940 no teníamos la Convención CEDAW, la Convención de Belém do Pará ni la Ley Maria da Penha. Es decir, la actualización de la legislación debe guiarse por el reconocimiento de la perspectiva de género por parte del propio ordenamiento jurídico brasileño después de la Constitución de 1988. Tanto es así que el crimen de violación dejó de ser un crimen contra las costumbres para convertirse en un crimen contra la dignidad sexual. No es apropiado, en 2024, proponer cambios legislativos inspirados en la mentalidad de la primera mitad del siglo pasado.

Por todo lo expuesto, MANIFESTAMOS PREOCUPACIÓN por los propósitos y justificaciones presentados por el Poder Legislativo brasileño a través del PL 1904/2024 en pleno marco de los 30 años de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará; y CONVOCAMOS al ESTADO BRASILEÑO a GARANTIZAR la protección real contra la violencia de género en sus múltiples dimensiones, especialmente para las niñas violadas que llegan a los servicios de salud con embarazos después de las 22 semanas, de acuerdo con una interpretación legislativa basada en el principio de la dignidad de la persona humana, en el desarrollo y protección integral de niños y adolescentes.

#NiñasNoMadres #EmbarazoInfantilForzadoEsTortura
   
Brasil, 14 de junio de 2024

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