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Interés superior de la infancia y autonomía progresiva

15 de Junio 2021
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La Convención de los Derechos del Niño (CDN), en el artículo 3, párrafo primero, establece que: En todas las medidas concernientes a los niños [sic] que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño [sic] (Unicef, 2015: 8).

Derivado de este artículo, el Comité de los Derechos del Niño desarrolló la Observación General número 14 (OG14) donde explica de manera detallada qué debe entenderse por interés superior de la infancia, el cual es catalogado como un derecho a reconocer, un principio de actuación y una norma de procedimiento de manera simultánea.

En tanto derecho, significa otorgar a niñas y niños la garantía de “que se considere y tenga en cuenta de manera primordial su interés superior en todas las medidas o decisiones que le afecten, tanto en la esfera pública como en la privada” (Unicef, s.f.: 259). Como principio, se refiere a que debe tenerse en cuenta para la aplicación del resto de los derechos enunciados en la CDN y, al utilizarse como norma de procedimiento, implica que sea concebido como un concepto dinámico requiere de la consideración del contexto para ser útil al momento de su implementación (Unicef, s.f.).

Esta guía tiene como propósito ofrecer un acercamiento conceptual sobre las prácticas nocivas relacionadas a la violencia sexual contra niñas y adolescentes, aquellas encontradas en los espacios digitales y cibernéticos. Está dirigida a todas aquellas personas y equipos de trabajo que colaboran en la prevención y atención de la violencia basada en género desde los diversos servicios enfocados a las sobrevivientes de violencia sexual, a las comunidades escolares y a las niñas y adolescentes en general, ya sean del ámbito público, privado, de la sociedad civil o cooperación internacional.

Su contenido deriva de la sistematización: “Prácticas prometedoras de prevención y atención en violencia sexual hacia niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en América Latina y el Caribe hispano”, la cual se realizó en alianza estratégica entre el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM), en el marco de la Iniciativa Spotlight y el Programa de Servicios Esenciales para Mujeres y Niñas que sufren Violencia. La sistematización documenta 16 experiencias de 10 países de la región que reflejan múltiples formas de atención y prevención de la violencia sexual contra niñas, adolescentes y mujeres jóvenes.

1. El documento “Prácticas prometedoras de prevención y atención en violencia sexual hacia niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en América Latina y el Caribe hispano” puede consultarse en la página web de la Comunidad de Práctica de Servicios Esenciales: https://serviciosesencialesviolencia.org
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