Con este documento preliminar se pretende instar al Comité, a incluir la mención específica al derecho de las mujeres a la vivienda en el marco de la Recomendación General sobre el artículo 2 y animar a elaborar una recomendación específica posteriormente para clarificar la naturaleza y el significado del artículo 14. 2 inc. h) y otros artículos de la Convención referidos al derecho a la vivienda y tierra como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado, y la obligación de los Estados parte a promover, respetar, informar y garantizar su cumplimiento a nivel nacional.

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