CLADEM Ecuador – La Campaña enciende la voz de alerta por la reforma gubernamental que pretende incorporar enseñanza moral y religiosa en establecimientos educativos públicos a pedido de padres y madres. Esta propuesta atenta contra la laicidad consagrada en la Constitución ecuatoriana, expresa una declaración.
CLADEM ECUADOR RECHAZA VETO PARCIAL A LEY DE EDUCACION INTERCULTURAL POR ROMPER CON CARÁCTER LAICO DEL ESTADO
El Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer, capítulo Ecuador, en el marco de la campaña nacional y regional que impulsa por el respeto y vigencia del derecho a una educación no sexista, antidiscriminatoria y laica expresa su más enérgico rechazo a la propuesta de reforma al Artículo 12, planteada por el Presidente de la República del Ecuador, dentro del veto parcial, emitido el 10 de febrero del año en curso.
Esta reforma prevé la incorporación de horas de enseñanza moral y religiosa en los establecimientos educativos públicos, a pedido de una mayoría de padres y/o madres de familia. La asistencia a estas horas no será obligatoria y las instituciones educativas deberán ofrecer actividades didácticas alternativas para los/as estudiantes que no cursen esta asignatura y su aprobación no se exigirá para pasar de año.
Cladem Ecuador considera que esta disposición de ser aprobada violaría la Constitución de la República vigente, pues el artículo 1 de este cuerpo normativo define al Estado Ecuatoriano entre otras características como laico. Además atenta a uno de los deberes primordiales del Estado, previsto en el Art. 3, que establece la obligación de garantizar la ética laica como sustento del quehacer público. Y rompe con el carácter de la educación pública, que como lo establece el Art. 28, debe ser laica y gratuita.
La definición del Ecuador como un estado laico ha sido fruto de un proceso de construcción histórica y luchas sociales. El triunfo del liberalismo por sobre las corrientes conservadoras, clericales y excluyentes, ha sido uno de los principales antecedentes de este proceso, y el mismo tomó como un elemento esencial para configurar y efectivizar este carácter, a la educación pública.
Esta caracterización permitió que las mujeres accedamos al derecho a la educación pública y ha venido garantizando que ésta por lo menos, en ese ámbito, no este marcada por criterios morales, sexuales y/o religiosos, que legitiman su proceso de subordinación y exclusión social.
Para el movimiento de mujeres no sólo nacional sino mundial, la vigencia de un Estado laico es una garantía fundamental para promover su autonomía y empoderamiento, pues permite configurar un marco básico ético, cultural y político para la garantía, reconocimiento y vigencia de sus derechos.
La no vigencia efectiva de este principio atenta no sólo a este carácter básico del estado, sino que limita el alcance de la visión de plurinacionalidad, interculturalidad y él régimen de justicia y derechos que nuestra Constitución garantiza.
Cladem demanda de la Asamblea Nacional, que de efectivo cumplimiento al Art. 84 de la Constitución que establece la obligación del poder legislativo de adecuar toda normativa secundaria a los principios y derechos constitucionales y a los estándares previstos en instrumentos internacionales. Y al mismo tiempo, demanda que se materialice un efectivo proceso de deliberación y debate al interior de la Asamblea, en el marco del cual se rechace esta propuesta.
Alerta además la comunidad nacional e internacional sobre esta seria limitación a la educación pública ecuatoriana, la cual además se une a otras acciones emprendidas por este gobierno, como es la expedición de los Decretos 1780 y 15, de junio y agosto de 2009, respectivamente, mediante los cuales igualmente se rompió con el espíritu laico de la educación al entregarla a su dirección, coordinación y financiamiento a comunidades religiosas católicas, en territorios predominantemente indígenas y afroecuatorianos.