Este informe tiene el propósito de destacar los aspectos más preocupantes que sufren las mujeres como consecuencia de la violencia de género y del incumplimiento del Estado uruguayo de garantizar su derecho a una vida libre de violencia y a prevenir la violencia contra las mujeres (art. 3, 7 b y 7c de la Convención de Belém do Pará), de acuerdo a los estándares del derecho internacional de los derechos humanos, empleando la debida diligencia según la misma normativa. En consecuencia, abordaremos tres puntos centrales – en nuestra opiniónindependientemente de la respuesta al cuestionario SEGUNDA RONDA DE EVALUACION MULTILATERAL aprobado por el Comité de Expertas/os (CEVI) el 20 de marzo de 2010, profundizando el párrafo III Acceso a la Justicia y IV Servicios Especializados num. 25 y en ese contexto las muertes de mujeres. Ellos son: a) alarmante número de mujeres muertas por violencia de género en primer cuatrimestre del año 2010; b) insuficiente respuesta estatal en lo que refiere a la existencia e implementación de lugares adecuados para proteger a las mujeres en situación de violencia; c) acceso a la justicia