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Examen Periódico Universal - EPU: Observaciones referidas a las mujeres y las niñas

1º Observaciones finales sobre el primer informe presentado por el Estado adoptadas el 8 de noviembre de 2010.[^574]

  1. El Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, establecido de conformidad con la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos, celebró su noveno período de sesiones 1 al 12 de noviembre de 2010. El examen de Honduras se celebró en la 8 ª sesión, el 4 de noviembre de 2010. La delegación de Honduras estuvo encabezada por el Vice-Presidente de la República de Honduras, María Antonieta Guillén de Bográn. En su 12 ª sesión, celebrada el 8 de noviembre de 2010, el Grupo de Trabajo aprobó el informe sobre Honduras.

II. Conclusiones y/o recomendaciones

  1. Las recomendaciones formuladas durante el diálogo interactivo y enumeradas a continuación han sido examinados por Honduras y disfrutar de su apoyo:

    81.1. Revisar su legislación nacional con el fin de garantizar el disfrute pleno y sin obstáculos de los derechos humanos por parte de todos los miembros de la sociedad, incluidos los que pertenecen a los grupos más vulnerables, tales como las mujeres, lesbianas, gays, bisexuales y transexuales y de los pueblos indígenas (República Checa.;

    (…)

  2. Las siguientes recomendaciones cuentan con el apoyo de Honduras, que considera que ya han sido implementadas o están en proceso de ejecución:

    (…)

    82.2. Ratificar el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños (Ecuador);

    (…)

    82.7. Garantizar la independencia y la financiación adecuada de la Oficina del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos y el Instituto de la Niñez y la Familia, en un momento en que las restricciones a la libertad de expresión, la discriminación y la violencia de género y doméstica están en aumento (Hungría.;

    82.8. Fortalecer el Instituto Nacional de Las Mujeres con los recursos humanos y logísticos para que pueda desempeñar eficazmente su papel (Ghana.;

    82.9. Establecer los mecanismos nacionales para garantizar la protección plena de las mujeres, reforzando las competencias necesarias y el presupuesto y el Instituto Nacional de Las Mujeres y el reconocimiento de la naturaleza jurídica de las Oficinas Municipales de la Mujer (España.;

    (…)

    82.11. Seguir persiguiendo la promoción de los derechos humanos, en particular a través de la consolidación de las instituciones democráticas, la libertad de expresión, la protección de las mujeres, y la asistencia a los pueblos indígenas y afro-hondureñas (Santa Sede.;

    (…)

    82.21. Adoptar todas las medidas necesarias para eliminar todas las formas de discriminación, incluida la discriminación indirecta contra las mujeres, garantizar la atención integral a las víctimas de la violencia de género, la violencia sexual, la trata de personas y explotación sexual (Ecuador);

    (…)

    82.34. Asegúrese de que las investigaciones independientes, imparciales y efectivas sobre el uso ilegal de la fuerza contra las mujeres son llevadas a cabo por oficiales de la ley de Honduras (Irlanda.;

    (…)

    82.37. Adoptar medidas inmediatas para abordar los problemas con la aplicación de la legislación y las políticas actuales, incluida la falta de financiación pública, con el fin de proteger el derecho a la vida, la integridad corporal, la libertad y la seguridad de todas las mujeres (Irlanda.;

    82.38. Intensificar las acciones y adoptar medidas amplias para combatir la violencia contra las mujeres, los niños, los jóvenes; lesbianas, gays, bisexuales y transexuales (Brasil);

    82.39. Adoptar medidas eficaces para prevenir la violencia de género y proporcionar protección y asistencia a las víctimas; armonizar la legislación nacional con los instrumentos internacionales sobre la trata de personas (Argentina.;

    (…)

    82.41. Continuar proponiendo medidas eficaces para eliminar la violencia contra la mujer (Azerbaiyán);

    82.42. Tomar medidas concretas para luchar contra la violencia sexista, doméstica y sexual (Haití);

    82.43. Poner en práctica medidas de protección para prevenir, combatir y castigar a los culpables de la violencia contra las mujeres y los niños, y llevar a cabo una campaña para crear conciencia sobre la violencia contra la mujer (Canadá);

    82.44. Avanzar en la aplicación de políticas para eliminar la violencia contra las mujeres y los niños (Tailandia.;

    82.45. Tomar nuevas medidas para poner fin a la violencia contra la mujer y combatir la trata de seres humanos (Francia.;

    82.46. Continuar y mejorar las medidas existentes para proteger a las mujeres y los niños de la violencia, tales como la formación de la policía de Honduras y el desarrollo de los dedicados Unidad de Género dentro del sistema policial (Japón);

    82.47. Lucha contra la trata de mujeres y mejorar, en este sentido, la cooperación regional (Italia.;

    82.48. Fortalecer el apoyo a las víctimas de la trata de seres humanos (Japón);

    (…)

    82.50. Asignar más recursos para combatir la trata de seres humanos y apoyar a las víctimas de la trata y la explotación sexual (Alemania.;

    (…)

  3. Las siguientes recomendaciones serán examinadas por Honduras, que responderá a su debido tiempo, pero no después de la 16 ª reunión del Consejo de Derechos Humanos, en marzo de 2011. La respuesta de Honduras a estas recomendaciones se incluirá en el informe final aprobado por el Consejo en su 16 ª reunión:

    (…)

    83.2. Ratificar (Ecuador y España. / firmar y ratificar (Francia. / considerar la ratificación (Brasil) el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra Las mujeres;

    (…)

    83.6. Establecer una institución que aborde específicamente los derechos de los niños; asegurar el respeto a los derechos de los niños indígenas y niños que viven en zonas rurales o remotas; adoptar las medidas necesarias para garantizar el respeto de los derechos de niñas, niños y adolescentes que viven en las calles o en situaciones de la vulnerabilidad (Ecuador);

2º Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal sobre el Estado de Honduras.[^575]

  1. El Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, establecido de conformidad con la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos, celebró su 22º período de sesiones del 4 al 15 de mayo de 2015. El examen de Honduras se llevó a cabo en la novena sesión, el 8 de mayo de 2015. La delegación de Honduras estuvo encabezada por José Ramón Hernández Alcerro, Secretario de Estado Coordinador General del Gobierno. En su 14ª sesión, celebrada el 12 de mayo de 2015, el Grupo de Trabajo aprobó el informe sobre Honduras.

(…)

II. Conclusiones y/o recomendaciones

  1. Las recomendaciones que figuran a continuación, formuladas durante el diálogo interactivo, cuentan con el apoyo de Honduras:
(…)

124.9 **Implementar de manera efectiva el Plan de Igualdad y Equidad de
Género 2010-2022, mediante la asignación de recursos técnicos y financieros
para alcanzar los objetivos previstos, así como la reapertura de la “línea
114” de emergencia para brindar atención a las mujeres víctimas de la
violencia de género (España.;**

(…)

124.19 **Reforzar las acciones tendientes a eliminar aquellos patrones
culturales que discriminan a la mujer, promoviendo un acceso adecuado a la
protección judicial para evitar que casos de violencia que afectan su vida,
salud e integridad queden en la impunidad (Chile.;**

(…)

124.24 **Considerar la ampliación de su legislación penal, no solo
penalizando los casos de feminicidio, sino todos los casos de violencia
contra la mujer (Guatemala.;**

(…)

124.26 **Adoptar todas las medidas necesarias para que se sancione de manera
efectiva el delito de feminicidio tipificado en el Código Penal, y para
garantizar el acceso efectivo a la justicia de las mujeres víctimas de la
violencia, y su protección (Irlanda.;**

(…)

124.28 **Prevenir y sancionar todas las formas de violencia contra las
mujeres y las niñas y consolidar una mayor representación femenina en los
puestos directivos y de adopción de decisiones (Perú);**

124.29 **Garantizar una asignación presupuestaria suficiente para la
prevención de la violencia sexual y de género (Suecia.;**

124.30 **Garantizar la protección y el acceso a la justicia de las mujeres
víctimas de la violencia (Bélgica.;**

124.31 **Redoblar los esfuerzos dirigidos a prevenir con eficacia la
violencia contra las mujeres, en particular la violación, la violencia
doméstica y el acoso sexual (Panamá);**

124.32 **Adoptar las medidas adecuadas necesarias para combatir la violencia
contra las mujeres (Portugal);**

124.33 **Responder eficazmente a todas las formas de violencia contra la
mujer, entre otras cosas impartiendo capacitación sobre cuestiones de
género a las fuerzas del orden (Suecia.;**

124.34 **Reducir la violencia contra las mujeres y aumentar el número de
refugios para mujeres maltratadas (Trinidad y Tabago);**

124.35 **Adoptar medidas específicas para proteger a las mujeres de la
discriminación y la violencia, entre otras cosas investigando debidamente
los casos y procesando y sancionando a sus autores (Turquía.;**

(…)

124.45 **Adoptar más medidas para investigar, perseguir y castigar de manera
efectiva los delitos motivados por prejuicios cometidos contra personas
lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales y contra mujeres,
incluidos los feminicidios, y los delitos contra defensores de los derechos
humanos, periodistas, profesionales de la justicia y miembros de la
comunidad campesina del Bajo Aguán (Noruega.;**

124.46 **Investigar de manera exhaustiva los homicidios de mujeres por
razones de género (España.;**

(…)

124.58 **Tomar las medidas necesarias que permitan la reintegración social de
niños, niñas y adolescentes víctimas de bandas armadas (Paraguay);**

(…)
  1. Honduras apoya las recomendaciones siguientes, que considera ya aplicadas o en proceso de aplicación:
(…)

125.4 **Proseguir los esfuerzos de reforma de las leyes sobre los derechos de
las mujeres y los niños en la esfera de la justicia (Qatar);**

(…)

125.12 **Seguir esforzándose en combatir los asesinatos de mujeres y niñas
por razones de género (Rwanda.;**

125.13 **Reforzar las medidas y los criterios normativos destinados a
eliminar la violencia doméstica de que son objeto las mujeres (Sierra
Leona.;**

125.14 **Seguir reforzando las medidas legislativas y de política para
combatir la violencia contra las mujeres (Singapur);**

(…)

125.19 **Extremar las medidas para asistir a los hondureños residentes en el
exterior, dando especial énfasis a la protección de los niños, así como
brindar protección integral a los migrantes, niñas, niños y adolescentes no
acompañados, una vez repatriados (Uruguay);**

(…)

125.38 **Seguir reforzando la respuesta del sistema de justicia penal a la
delincuencia violenta contra mujeres y niñas, y en particular las medidas
de apoyo a la capacidad de investigación, enjuiciamiento y castigo de esos
delitos (Australia.;**

(…)

125.45 **Fortalecer el aparato de seguridad a través de una policía civil
para luchar contra la impunidad, especialmente en los casos de delitos
contra periodistas y de feminicidio, sin involucrar al aparato militar
(Costa Rica.;**

(…)

125.62 **Hacer todos los esfuerzos posibles para respetar la dignidad del ser
humano, especialmente de las mujeres y los niños, que son los más
vulnerables a violaciones manifiestas de sus derechos (Santa Sede.;**

(…)

125.65 **Seguir promoviendo y protegiendo el disfrute de los derechos y las
libertades fundamentales de los ciudadanos en las esferas de la educación,
la salud, los derechos de las mujeres y los niños y las personas con
discapacidad (Nigeria.;**

125.66 **Proseguir la labor de protección de los grupos vulnerables de la
población, como las mujeres, los niños y los jóvenes (Federación de Rusia.;**

(…)

125.77 **Tomar las medidas necesarias para garantizar los derechos humanos de
mujeres y niños migrantes, que incluyen a madres solteras y a niños no
acompañados (Paraguay);**

(…)
  1. Honduras examinará las recomendaciones que figuran a continuación y les dará respuesta a su debido tiempo, pero a más tardar en el 30º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, que se celebrará en septiembre de 2015:
(…)

126.3 **Ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (OP-
CEDAW) (Costa Rica. (Portugal) (Eslovenia. (Suecia. (Timor-Leste. (Austria.
(Canadá); considerar la ratificación del OP-CEDAW o la adhesión a él
(Perú); considerar positivamente la ratificación del OP-CEDAW (México);
ratificar el OP-CEDAW, como se había recomendado anteriormente (España.;
firmar y ratificar el OP-CEDAW (Turquía.; considerar ratificar el OP-CEDAW
(Uruguay); avanzar en la ratificación del OP-CEDAW (Chile.;**

126.4 **Firmar y ratificar el OP-CEDAW, estableciendo un mecanismo de
comunicación que permita reforzar los instrumentos de lucha contra la
violencia y la discriminación sufridas por las mujeres (Francia.; adoptar
medidas adicionales para garantizar la igualdad de acceso de las mujeres a
servicios de salud adecuados, en especial a servicios de salud sexual y
reproductiva, y ratificar el OP-CEDAW (Alemania.;**

(…)

126.7 **Adecuar el Código Penal al Código Internacional de Ética Médica y
considerar la posibilidad de legalizar el aborto en caso de violación o
incesto (Noruega.;**