Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial: Observaciones referidas a las mujeres y las niñas
1º Observaciones finales sobre los informes periódicos primero a quinto de Honduras.[^558]
- El Comité examinó los informes primero a quinto combinados de Honduras, presentados en un único documento (CERD/C/HND/1-5), en sus sesiones 2267.ª y 2268.ª (CERD/C/SR.2267 y 2268), celebradas los días 4 y 5 de febrero de
- En su 2288.ª sesión (CERD/C/SR.2288), celebrada el día 19 de febrero de 2014, aprobó las siguientes observaciones finales.
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C. Motivos de preocupación y recomendaciones[^559]
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Medidas contra formas de discriminación múltiple
Al Comité le preocupa que las mujeres pertenecientes a comunidades indígenas y afrohondureñas continúan enfrentándose con múltiples formas de discriminación en todas las áreas de la vida social, política, económica y cultural (art. 2, párr. 2).
El Comité recomienda que el Estado parte tome en cuenta su Recomendación general N.º 25 (2000) sobre las dimensiones de la discriminación racial relacionadas con el género e incluya una perspectiva de género en todas las políticas y estrategias contra la discriminación racial para hacer frente a las formas múltiples de discriminación que afectan en especial a las mujeres pertenecientes a comunidades indígenas y afrohondureñas. Se recomienda también contar con estadísticas desglosadas al respecto.
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####Participación de los pueblos indígenas y comunidades afrohondureñas
- No obstante los avances registrados en Honduras, et Comité observa que los pueblos indígenas y comunidades afrohondureñas aun enfrentan enormes barreras para su participación plena y su representación en las instancias de decisión (art. 5, apdo. c..
El Comité, tomando en cuenta sus Recomendaciones generales N.º 23 (1997) y N.º 34 (2011), recomienda que el Estado parte redoble sus esfuerzos para asegurar la plena participación de los pueblos indígenas y comunidades afrohondureñas, en especial de la mujer, en todas las instituciones de toma de decisión, en particular en las instituciones representativas y en los asuntos públicos, y que tome medidas efectivas para asegurar que todos los pueblos indígenas y comunidades afrohondureñas participen en todos los niveles de la administración pública. El Comité recomienda al Estado parte que implemente medidas especiales (acción afirmativa., en los términos de la Convención y de la Recomendación general N.º 32 (2009) del Comité.
[^558] CERD/C/HND/CO/1-5, 13de marzo de 2014 [^559] Las recomendaciones se encuentran en negrita.