Naciones Unidas – El Relator Especial dedicó este informe a la cuestión del derecho humano a la educación sexual integral, profundizando en los estándares internacionales vigentes en la materia. El tema ha suscitado el interés y preocupación del mandato desde sus orígenes1. La entrega de este informe coincide con la culminación del mandato del Relator, Vernor Muñoz, quien terminó su mandato a finales de julio de 2010.
Texto extraído del documento: «Note by the Secretary-General transmitting the interim report of the Special Rapporteur on the right to education». De la página web de la Asamblea general de Naciones Unidas.
El Relator Especial agradece al Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer el apoyo en la preparación de este informe.
El Relator Especial es consciente de las preocupaciones sobre la temática que aborda2 y afirma su respeto hacia la diversidad de opiniones que el tema suscita, subrayando que el derecho a la educación sexual está fundado en la dignidad humana y en las normas internacionales de derechos humanos.
Los Estados deben asegurar que no se restrinja el acceso de las personas a los servicios apropiados y a la información necesaria, debiendo eliminar las barreras sociales y regulatorias respecto de la información sobre el cuidado y la salud sexual y reproductiva, como se afirmó en la Plataforma de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo celebrada en El Cairo3. En cualquier caso, también los padres y otras personas legalmente responsables de las y los estudiantes deben proveer la apropiada dirección y guía en materia sexual y reproductiva.
La sexualidad es una actividad inherente a los seres humanos, que abarca múltiples dimensiones personales y sociales. Sin embargo, esta actividad suele permanecer oculta o exclusivamente ligada a la reproducción, por diferentes motivos, tanto culturales, como religiosos o ideológicos, que en su mayoría están relacionados con la persistencia del patriarcalismo.
El Estado moderno, en tanto construcción democrática, debe velar para que la totalidad de sus ciudadanos y ciudadanas accedan a una educación de calidad, sin permitir que las diversas instituciones religiosas establezcan patrones de educación o de conducta que se pretenden aplicar no sólo a sus fieles, sino a la totalidad de la ciudadanía, profesen o no esa religión. Consecuentemente, el Relator Especial ha tomado nota, con especial preocupación, de diversos episodios en los que en nombre. Descargue abajo el informe completo en español y aquí en inglés y francés.
1 Véase el documento E/CN.4/2006/45.
2 Véase Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, International guidelines on sexuality education: An evidence informed approach to effective sex, relationships and HIV/STI education (2009).
3 Véase el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo celebrada en El Cairo.